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Según detallaron desde la entidad que nuclea a los comerciantes de Concordia, "sorpresivamente una comunicación de la Dirección de Comercio Interior de la provincia da cuenta de la anulación del proceso que llevó, por primera vez en más de una década, a la aplicación de la Ley 9393 en Concordia".

Con manifestado repudio ante la decisión, la entidad relata textualmente en un comunicado que "hace prácticamente un año, en enero de 2022, habiendo tomado conocimiento el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia de la posibilidad de la instalación de una gran superficie comercial en inmediaciones de calle Sarmiento y Urdinarrain, se iniciaron las gestiones correspondientes ante la Municipalidad de Concordia para conocer si las actuaciones de dicha habilitación habían sido giradas a la Dirección de Comercio Interior, quienes debieran tomar el expediente y resolver si el emprendimiento debía o no ser sometido a la aplicación de los mecanismos que prevé la Ley provincial de Grandes Superficies Comerciales.

A criterio del Municipio, el expediente de éste emprendimiento no debía ser girado a Comercio Interior debido a que tendría menos de 800 metros cuadrados (en un local de más de 1200 m2…), no teniendo en cuenta que la empresa en cuestión ya tiene en nuestra ciudad otro emprendimiento de más de 3000 m2, por lo cual, y según lo expresa claramente la Ley 9393, dichas superficies se suman.

Por ello, el CCISC junto a la Cámara de Autoservicios y Supermercados de Concordia (CASCO) hicieron las presentaciones correspondientes ante Comercio Interior quienes, con buen criterio y atendiendo a la aplicación de la Ley, solicitaron el expediente para su análisis correspondiente (algo que debió suceder desde un principio ya que el municipio no tiene facultades para determinar a quién se le aplica o no la nombrada Ley) y de ese análisis surgió que el planteo del CCISC y CASCO era correcto por lo que la empresa en cuestión, para lograr la habilitación del local comercial, debía someterse al cumplimiento de la ley, esto es, hacer un estudio de impacto ambiental y participar de la audiencia pública donde se presentaría el estudio y la ciudadanía en general pudiera conocer y expresar e intercambiar opiniones al respecto.

Todo este proceso desembocó en un resultado negativo hacia la apertura tanto del Estudio de Impacto Ambiental realizado por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), considerando que de los diez puntos relevados, sólo dos fueron favorables al emprendimiento (ver Se realizó la primera Audiencia Pública por la instalación de grandes superficies comerciales en Concordia) como también el resultado de la Audiencia Pública, donde prácticamente todos los participantes (salvo los representantes de la empresa) expresaron argumentos en contra de la instalación.

De allí que el 29 de agosto de 2022, por la resolución N° 2260, la Dirección de Comercio Interior resolvió no otorgar una autorización especial para la apertura de una nueva superficie comercial a la firma Diarco SA. (ver Negativa a habilitar un supermercado mayorista en calle Sarmiento)

Tras casi 5 meses de este hecho, y tras semanas de versiones periodísticas y de observar movimientos en el local en cuestión, llega al CCISC una comunicación de la Dirección de Comercio Interior, firmada por su director, Jesús Pérez Mendoza, desandando todo el camino transitado, invalidando todas y cada una de las instancias realizadas en 6 meses de intenso trabajo de las partes para decir que como el emprendimiento en cuestión tiene menos de 800 m2, la Dirección de Comercio Interior no tiene nada que ver, la Ley 9393 no es aplicable y la potestad de la habilitación recae sólo sobre el Municipio de Concordia (¿¡!?).

¿Qué pasó con la otra sucursal de la firma, que suma superficie con la nueva?¿Que pasó con la decisión de iniciar el trámite de impacto ambiental y audiencia pública? ¿Qué sucedió con los argumentos que motivaron tantos meses de trabajo, tiempo y dinero por parte de los involucrados? No sabemos...

Esta situación, no se trata sólo de una burla a todas las partes involucradas en el proceso (COPROCIN, CCISC, CASCO, UNER, ciudadanos independientes que, con su trabajo, aportaron claridad, funcionarios municipales y provinciales que participaron del proceso, etc) sino que desoye los resultados del Estudio de Impacto Ambiental y la Audiencia Pública y claramente vulnera la Ley 9393 en beneficio de un particular, por sobre los intereses de la comunidad toda que, la mencionada ley, pretende resguardar.

Esto no se trata sólo de la falta de respeto a los actores intervinientes; se trata lisa y llanamente de la derogación de hecho de una ley provincial que, a partir de este extraño y contradictorio procedimiento administrativo llevado a cabo, se transforma en abstracta e inaplicable o bien, sólo aplicable a quienes no tengan el poder o la cercanía de la cual gozan ciertas grandes empresas.

Las leyes son para CUMPLIRLAS, gusten o no, por todos los involucrados. Nuestra Constitución Nacional no admite prerrogativas de ningún tipo, por lo que todos los ciudadanos somos iguales ante la Ley.

Tampoco existe DECISIÓN POLÍTICA que pueda vulnerarla ni estar POR SOBRE LA MISMA (al menos en un Estado de derecho), sino por el contrario, son los actores políticos quienes en primer lugar deben cumplir a rajatabla las reglamentaciones que ellos mismos formulan, aprueban y promulgan.

Durante años, hemos sospechado de que funcionarios públicos han colaborado con la elusión de la Ley 9393, dato incontrastable con una realidad donde la misma se ha aplicado selectivamente, pero jamás habíamos llegado a tal punto de violentar a la misma tan flagrantemente ante los ojos de los ciudadanos y de las instituciones partícipes.

El Centro de Comercio Industria y Servicios, junto a la Cámara de Autoservicios y Supermercados y demás entidades participantes del Consejo de Comercio Interior (COPROCIN) se reservan las acciones legales correspondientes a fin de que se cumpla la Ley y se castigue a quien o quienes la vulneran o pretendan hacerlo".