Agrandar imagen Sede del Superior Tribunalde Justicia de Entre Ríos
Sede del Superior Tribunalde Justicia de Entre Ríos
Según un comunicado del órgano de prensa, la media fue dispuesta este lunes por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, durante reunión de Acuerdo, donde se evaluó
el decreto N°486 del Poder Ejecutivo entrerriano.

Los magistrados entendieron que “si bien el STJ no tiene atribuciones para establecer un descuento en los términos dispuestos por el Poder Ejecutivo en el ámbito de su competencia, a lo que se agrega la intangibilidad constitucional de las remuneraciones de los jueces, la situación de emergencia sanitaria con motivo de la pandemia denominada COVID-19, y su impacto económico y social, hace necesario efectuar un aporte solidario”.

El mencionado fondo solidario estará integrado “por el aporte individual de quienes no manifiesten su voluntad en contrario, de acuerdo al mecanismo establecido. El aporte voluntario será del 50 % del monto correspondiente a la asignación de la categoría de quienes se encuentran incluidos”.

También se destaca que el descuento “será dispuesto por única vez, y descontado de la remuneración de abril”. Asimismo, se estableció que dicho fondo solidario será administrado por la Contaduría General del Poder Judicial y aplicado a las necesidades que en forma coordinada con el Comité de Organización de Emergencia de Salud de crisis se establezcan.

El STJ fijó un mecanismo según el cual será descontado de la remuneración correspondiente al mes de abril, “salvo que expresamente, el magistrado, funcionario o empleado con remuneraciones equivalentes a dichas categorías, manifieste su negativa al descuento”. Lo que deberá ser comunicado a la Contaduría General, que deberá efectuarse desde la publicación de la presente en la página del Poder Judicial y hasta el 7 de abril de 2020 a las 13 hs. como máximo.

Por último, también se invita a los jubilados de las categorías incluidas a adherirse al aporte y se solicitó a la Asociación Judicial de Entre Ríos y a la Seccional 12 de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación, gestionar un aporte de sus asociados, en los términos propuestos.
Prórroga del Receso Extraordinario
Por otro lado, en la misma reunión se estableció prorrogar el Receso Judicial Extraordinario hasta el 12 de abril en consonancia con lo resuelto por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la pandemia mundial.

Por tal motivo se extiende el plan de contingencias que tendrás el tratamiento de un feriado judicial extraordinario por razones sanitarias, el que se establece sin perjuicio de la sujeción de todo el personal disponible a las necesidades del servicio y a la eventualidad de su convocatoria, por lo que no deben ausentarse de sus lugares de residencia.

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