“Al parecer, esta mujer fue a pedir justicia, a reclamar por sus derechos, y encontró la muerte”.

La frase fue pronunciada por la presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, la doctora Susana Medina de Rizzo, al aludir al fallecimiento de Sandra Beatriz Martínez, quien el miércoles pasado roció su cuerpo con combustible y se prendió fuego en el edificio de los Tribunales de Concordia.

Hay muchas cosas que llaman la atención en las expresiones de tan alta dignataria, máxima autoridad de uno de los tres poderes de la “república” de Entre Ríos. Primero, que “comente”, basándose en pareceres, un hecho de tan extrema gravedad, siendo que ella misma ha ordenado un sumario que le informará de manera fehaciente qué pasó. ¿No habría sido apropiado callar hasta la conclusión del sumario? ¿No es además lo que manda el derecho? Los pareceres suelen ser insumos de cierto “panelismo” de los medios, tantas veces carente de rigor y seriedad, pero no pueden serlo del ámbito judicial, donde -se supone- hacen falta pruebas firmes y cuidados procedimientos.

Hasta en los códigos de convivencia escolar se incluye la exigencia previa de escuchar al alumno acusado de haber cometido una falta, antes de cualquier acción que lo reprenda. ¿Por qué insinuar culpas, por qué trazar sutiles pero visibles hilos para ligar el trágico desenlace al comportamiento de personas concretas del Ministerio Público Fiscal (funcionarios y empleados), sin que ellos hayan podido ejercer su derecho a defenderse explicando sus actos?

Pero no es ese aspecto de sus dichos lo que causa el máximo estupor, sino esa frase tan particular que repitió en varias ocasiones: “encontró la muerte”, como si la hubieran asesinado. Salvo que existieran detalles desconocidos de la trama, lo que hasta ahora se sabe es que Sandra llevó adelante una acción atentando contra su propia vida. No es que “encontró” la muerte por un accidente, por un siniestro, o por la acción de un asesino que de manera directa provocara tal resultado. Ella decidió ir a su encuentro, movida quizá por una compleja e indescifrable secuencia de ideas que anidaban en su mente y en su corazón, que haríamos bien en no juzgar ni pretender “mensurar”, porque no somos quienes.

¿Ha tenido en cuenta la doctora Medina las recomendaciones que surgen de los protocolos respecto del tratamiento público de los casos de suicidio, especialmente la necesidad de evitar reducciones que directa o indirectamente establezcan nexos de causa-efecto? A los periodistas se nos enseña -y muchas veces no lo tenemos en cuenta, lamentablemente- que no debemos incurrir en relatos del estilo “estaba deprimido y se mató”, o “rompió con su novia y se quitó la vida”, “discutió con el vecino y se suicidó”, etc. Son construcciones lingüísticas peligrosas que deslizan una causalidad donde solo asoma una secuencia temporal, que no es lo mismo. Son simplificaciones que para nada contribuyen a la comprensión de decisiones tan dramáticas y complejas como multicausales.

Tal recomendación -la de evitar nexos causales- apunta especialmente a la prevención del temido contagio. No sea que personas que atraviesan por similares experiencias que aquella que se quita la vida, se sientan movidas a imitarla. No sea que se pondere como una “salida” a lo no lo es.

“Al parecer, como no la atendieron, la mujer se fue al baño, aparentemente –todo aparentemente porque queda en investigación-, se roció con alcohol, vino a la Fiscalía nuevamente y se prendió fuego”, dicen que dijo la Jueza Susana Medina. ¿Para qué amplificar desde su altísima responsabilidad tantos “pareceres” pudiendo y debiendo aguardar a contar con certezas? Pero, además, su mensaje alimenta de manera nítida un nexo causal entre una acción suicida y una situación que se repite por miles a diario en todas las oficinas públicas (incluidas las que dependen del STJ) y también en muchas privadas, sea que haya demoras o que te atiendan mal o que directamente no te atiendan.

Es plausible la intención de esclarecer los hechos, mediante el sumario ordenado. Lástima que a renglón seguido se esté acometiendo con Sandra Martínez una tremenda injusticia post mortem “reduciendo” el misterio de su trágico final a “pareceres”. Y, lo que sería más grave aún, aprovechando su deceso para dirimir diferencias internas entre el Superior Tribunal de Justicia y el Ministerio Público Fiscal.

Llama la atención que el sumario recién fuera ordenado al momento en que falleció, el domingo por la tarde, cuando ya habían pasado cuatro días. ¿No alcanzaba con el episodio traumático de que se hubiera prendido fuego para advertir la necesidad de esclarecer hechos y responsabilidades? Si nos sumáramos a este juego de hablar en base a “pareceres” al que nos invita la presidenta del STJ, podría decirse que al parecer si no moría no había necesidad de esclarecer nada. O quizá también parezca que si no fallecía no calificaba como caso útil para la disputa interna del Poder Judicial de Entre Ríos…

Tal vez exista, pero cuesta hallar otra interpretación que permita entender por qué Medina resolvió salir a pocas horas del deceso a reprocharle a Fiscalía no haber avanzado en una separación edilicia y funcional respecto del STJ. ¿Cómo decodificar que haya dicho, por ejemplo, esto: “Es tan importante que comencemos a separar las funciones y los equipos técnicos, el personal y también los inmuebles. Porque fíjese que si bien este hecho ocurre dentro del inmueble del Poder Judicial, lo cierto es que era en una parte ocupada por el Ministerio Público Fiscal”? ¿No son sus dichos indicios de que se está “instrumentalizando” este dolorosísimo hecho? ¿De haber ocurrido tan trágico episodio en una parte ocupada por el Superior Tribunal de Justicia, hubiera sido atinado, ubicado, razonable, basarse en pareceres para culpar a la Doctora Medina, a los demás supremos y todo el funcionariado?

Por otra parte, sería interesante debatir acerca del alcance del concepto de “justiciable” del que tanto se habla hoy por hoy en el servicio de Justicia. Está claro que el ciudadano que asiste a tribunales -como Sandra Martínez- demandando una atención específica es un justiciable. Eso es obvio. Y debe ser atendido en tiempo y forma. También es obvio.

Lo que no se dice o se dice poco es que el concepto de “justiciable” abarca a toda la comunidad y que el “tiempo y forma” no sólo corresponde ser aplicado a la atención de trámites puntuales en tribunales sino al cumplimiento del fin último, la razón de ser del sistema, que es impartir justicia. Especialmente en causas de corrupción que tramitan durante décadas, donde el daño ha sido provocado al conjunto de la sociedad. O sea, a todos los justiciables. Dicho de otro modo, la principal mora no está en la amansadora en las ventanillas y pasillos -que no hay dudas que existen- sino en una Justicia que se revela increíblemente lenta para emitir sentencia, una lentitud que a la ciudadanía le suena a impunidad, sobre todo cuando el beneficiado por tanta parsimonia es un poderoso.

A propósito de este concepto ampliado, los justiciables son quienes con sus impuestos aportan los recursos para el funcionamiento del Poder Judicial y para abonar a jueces y funcionarios sus nada despreciables sueldos. Es del justiciable, por lo tanto, del que tendrán que salir los recursos extra necesarios para mudar las fiscalías a otros inmuebles, como se plantea, tal vez con razón.

Por último, la doctora dijo “acá lo importante es que se murió una mujer, y se murió una mujer que buscaba Justicia y sin respuesta”. A riesgo de que se me tilde de machista, confieso que tal giro expresivo me obliga a preguntarme si acaso no sería igual de “importante” si hubiera muerto un “varón” que buscaba Justicia; en ambos casos, “personas”. ¿O acaso la señora tiene pruebas de que los hechos se desencadenaron en razón del “género”? ¿O es otro parecer más?

Fuente: El Entre Ríos