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Desde este organismo se reitera que, en lo que respecta a la venta minorista establecida en la Ley de Pesca Nª 4892, personal de la Dirección General de Fiscalización, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, realizó diversos operativos de control en pescaderías y locales de venta de pescado en distintos puntos de la provincia.

En dichos operativos se fiscaliza que las especies puestas a la venta cumplimenten con las tallas mínimas exigidas por la legislación. Las tallas exigidas son: armado, 30 cm; bagre amarillo, 20 cm; boga, 42 cm; dorado, 65 cm; manduvé, 30 cm; moncholo, 30 cm; patí, 40 cm; tararira, 42 cm.

Se recuerda que para la especie surubí rige la veda absoluta hasta el 15 de marzo próximo, que la talla mínima permitida es de 75 cm y que la venta solo puede ser hecha en forma directa al público por parte de pescadores artesanales según lo dispone la Resolución Nº 276, complementaria de la Ley de Pesca Nº 4892.