
Además, exigieron que “se cumpla a la brevedad con el Título II, Artículo N° 4 – Consejo Directivo”, en donde se establece que “la CARP será dirigida por un consejo directivo, que estará integrado por los siguiente miembros:
a) Presidente, que será designado por el Departamento Ejecutivo Municipal en la forma establecida en el art.8. El Presidente será, a su vez el Director de la Radio.
b) Secretario, que será un representante del Departamento Ejecutivo Municipal y designado por este.
c) Tesorero, que será un representante del Departamento Ejecutivo Municipal y designado por este.
d) Vocales, que serán un representante por cada bloque político existente en el Concejo Deliberante, y designado por este
e) Revisor de cuenta, que será un representante del Concejo Deliberante, designado por este”.
A su vez, recordaron que “los miembros del consejo directivo durarán 2 años en su cargo, podrán ser reelegidos y ejercerán sus funciones ad honorem, a excepción del presidente”.