Agrandar imagen Se del PJ entrerriano en Paraná.
Se del PJ entrerriano en Paraná.
Según la parte resolutiva del documento dado a conocer por la mencionada Junta electoral, se coloca la lupa en el art. 40 de la carta orgánica del PJ de Entre Ríos, que dispone que: “Para la oficialización se requerirá el aval de por lo menos siete Departamentos de la Provincia, con un mínimo del 10% del padrón de afiliados de cada uno de ellos. El porcentaje total de afiliados para apoyar la fórmula, tomando como distrito único a la Provincia, no podrá ser inferior al 5% del padrón provincial”.

De allí que se resolvió:

ARTÍCULO 1°.- Rechazar las precandidaturas presentadas por las listas Nº 1 “Agrupación Evita”, Nº 7 “Por una Entre Ríos Potencia”, N° 10 “PAR – Peronismo Amplio Renovador” y N° 177 “Tres Banderas”.-

ARTÍCULO 2°.- Aceptar las precandidaturas presentadas por la lista N° 2 “Desafío Peronista”.-

ARTÍCULO 3°.- Notificar y emplazar a los apoderados de cada lista a efectos de que comparezca a la toma de conocimiento de su documental presentada con el objetivo de continuar con los plazos establecidos en el cronograma electoral aprobado.-