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En la mencionada presentación se indicó que durante el ejercicio de sus funciones, Frigerio habría firmado una Decisión Administrativa a través de la cual, en junio de 2017, se habría adjudicado a la firma Koolhaas S.A. un inmueble ubicado en la calle Fitz Roy 851 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que hasta ese momento había pertenecido al patrimonio del Estado Nacional.

Según la denuncia, los principales directivos de esa sociedad comercial, Gustavo Alberto Esses y Ariel Eduardo Naistat, habrían tenido vínculos económicos o comerciales antes y después de la adjudicación del inmueble realizada mediante una subasta pública en el año 2017. Luego de disponer una serie de medidas con la finalidad de esclarecer los hechos denunciados, la fiscalía concluyó que “la totalidad de la prueba producida junto con las aclaraciones vertidas por las partes del proceso, permitían descartar la hipótesis criminal planteada en la denuncia” por lo que postuló el sobreseimiento de Frigerio y del resto de los imputados.

Tras analizar la documentación relacionada con la subasta pública, el fiscal destacó que no surge la intervención en el acto de ninguna persona que en ese entonces ejerciera funciones en el Ministerio del Interior a cargo en ese momento de Rogelio Frigerio. De las constancias aportadas a la investigación se desprende que el 30 de marzo se celebró la subasta pública mediante la cual el martillero designado, Jefe del Equipo de Martilleros del Banco Ciudad, puso a la venta el inmueble en cuestión. En su dictamen, el fiscal resaltó que el desarrollo de ese acto contó con la participación de la Escribanía de Gobierno de la Nación y terminó con la preadjudicación del inmueble a favor de la firma Koolhaas S.A. por 13 millones 600 mil dólares.

Luego del examen de los elementos probatorios colectados a lo largo de la investigación y a la luz de las aclaraciones hechas por las personas investigadas en sus diversas presentaciones, el fiscal llegó a la conclusión de que “dichas constancias permitían descartar cualquier tipo de responsabilidad penal en torno a los hechos objeto de investigación.” Y agregó “si bien fueron corroboradas aquellas inversiones y operaciones comerciales mantenidas entre las personas investigadas, no se ha incorporado elemento alguno que permita sostener la hipótesis delictiva introducida en la denuncia.

Rogelio Frigerio hizo una inversión inmobiliaria en el emprendimiento de la empresa Koolhaas meses después de la subasta en el que esta firma adquirió el terreno que antes pertenecía al Estado Nacional. Con referencia a dicha inversión efectuada por el ex Ministro del Interior los peritos contadores que intervinieron en la causa sostuvieron que las inversiones de Frigerio “fueron exteriorizadas a lo largo de las declaraciones patrimoniales presentadas ante la Oficina Anticorrupción”.

A partir de lo expuesto, el representante del Ministerio Público Fiscal concluyó que “del análisis del informe elaborado no se exteriorizaba anomalía alguna en las inversiones inmobiliarias analizadas por la unidad anticorrupción, tratándose de operaciones comerciales de carácter habitual entre las partes debidamente documentadas conforme surge de las constancias recolectadas en el expediente.”

Si bien lo dictaminado por el fiscal en orden a no acusar a los imputados impide al juez proseguir con la investigación, el magistrado Julián Ercolini aclaró “lo cierto es que coincido con sus argumentos y sus conclusiones que llevan a un cierre definitivo de este caso.” En ese sentido, Ercolini señaló en su fallo “toda vez que el titular de la vindicta pública solicitó el sobreseimiento de los encausados, habiéndose constatado la razonabilidad y la legalidad de lo dictaminado y en consonancia con ello, se resolverá de conformidad a los argumentos desarrollados reseñados precedentemente” y sobreseyó al diputado nacional y ex ministro del Interior Rogelio Frigerio.