Tal como se especificara, los propietarios de los vehículos que se presenten antes del plazo mencionado podrán librarse del pago del traslado y estadía del rodado secuestrado y sólo abonarán el 50% de la multa, con una facilidad de pago.
Para acceder a dicho beneficio, los interesados deben concurrir al Juzgado de Faltas donde -previo acuerdo de pago- se les brindará los requisitos necesario que deberá cumplir, se les concederá el beneficio y se autorizará el reintegro del vehículo.