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El decreto abarca a los privados.
En declaraciones radiales, la directora del Cementerio Municipal, Claudia Otaegui, explicó que – por el momento - “será de lunes a viernes, de 9 a 13 horas”.
Protocolo
La funcionaria detalló el protocolo a implementarse y pidió a los vecinos “que vayan dos personas por familia, que sean breves en las visitas – aproximadamente de 30 minutos - con barbijos o tapabocas y con elementos de bioseguridad (alcohol en gel), sobre todo si van a tocar los grifos o los floreros en las tumbas y panteones”.

Al respecto, el intendente de Concordia, Alfredo Francolini destacó que la reapertura es para que “los vecinos y vecinas de la ciudad puedan honrar la memoria de sus seres queridos”.
Privados
Por último, Otaegui aclaró que el decreto abarca en a los “cementerios privados, con los mismos horarios, días y protocolo”. “Ellos ya podrán abrir sus puertas desde el miércoles”, ratificó la funcionaria.

De hecho, el decreto 658, firmado este martes por el Ejecutivo municipal, establece que “disponese la habilitación en la ciudad de Concordia, del Servicio de Cementerio, debiendo los empleadores, las empleadoras y trabajadores de los mismos, observar que la visita del público, se realice de día Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, y con estricto cumplimento de las recomendaciones que se detallan en el artículo siguiente”.

En lo referente al protocolo y recomendaciones, el texto del documento menciona que:

“- Todo aquel que ingresa al establecimiento deberá emplear tapaboca o barbijo.

- Se deberá controlar que la temperatura corporal sea menor que 37,5º y constatar la ausencia de otros síntomas a las personas que concurra. Otros síntomas son: tos, problemas respiratorios, disgeusia, anosmia.

- Si alguna persona del personal presentase síntomas, deberá: abstenerse de concurrir al trabajo, informar a la brevedad, aislarse en el domicilio durante dos semanas o hasta su completa curación.

- Dentro del establecimiento, se autorizara la permanencia de un número máximo de ocupantes estipulado. Esta capacidad total habilitada será según se pueda mantener estrictamente una distancia mínima de 1,5 m entre personas en los locales cerrados y el control del cumplimento de dicha distancia y el cumplimento de las medidas sanitarias en las superficies descubiertas del recinto.

- Todo local y circulaciones deberán estar especialmente despejados, con la menor cantidad posible de obstáculos y elementos. También se recomienda orientar las circunstancias dispuestas mediante señalización. Estas medidas resultan en un mayor control sanitario del espacio, sirven para contener a las personas y disminuyen riesgo de transmisión viral a través del contacto superficies.

- En todo el establecimiento se deberá asegurar la limpieza de todas las superficies de manera constante. Se evitara, en lo posible, la presencia de superficies tapizadas y alfombras.

- Se dispondrá alcohol en gel en los espacios y se garantizara la provisión de agua, jabón y toallas descartables en sanitarios.

- Se deberá ventilar adecuadamente y de forma natural, sobre todo en periodo invernal o de bajas temperaturas, debe hacerse con regularidad.

- No se podrán encender aires acondicionados si están centralizados y conectan zonas comunes.

- No se podrán compartir comidas o bebidas. De haber dispenser de agua, se deberán facilitar vasos de un solo uso y, además, se los deberá tener en cuenta al efectuar la limpieza. Se recomienda que le personal disponga de botellitas con agua para uso personal.

- Se deberá evitar compartir los elementos de papelería que eventualmente se empleen los que se higienizaran frecuentemente.

- Se deberá suprimir o reducir al máximo la circulación del personal en los locales administrativos”.
Fuente: Nada que Perder - LT 15