Agrandar imagen La magistrada explicó los fundamentos del fallo.
La magistrada explicó los fundamentos del fallo.
La vocal suplente del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, María del Luján Giorgio, explicó que el fallo versó sobre “una ciudadana que – cuando fue a renovar su carnet – le exigieron que saldara multas por infracciones así como deudas por tasas de un inmueble de su padre”.

En contacto con Diario Río Uruguay, la magistrada comentó que el argumento del fallo giró en torno “en que era inconstitucional esa exigencia porque era “irracional", respecto a la reglamentación de la norma que la cercenaba en su derecho de circular o trabajar”.
Aclaración
“Tanto en mi resolución como en la del fallo del Superior Tribunal se aclara que esto no implica restringir el derecho a la percepción de las multas o tasas del ente municipal”, aclaró Giorgio. Subrayando que “hay otras vías ejecutivas con las cuales se las puede cobrar sin que esto le generara la restricción a la mujer para obtener el registro habilitante”.

Todo, según explicó la magistrada, para evitar “un accionar extorsivo: primero pagá y después te concedo la habilitación”.