
En concreto, lo que se propone es una modificación al Artículo 98 de la Ordenanza 34.700, en la cual se establecen las exenciones al pago de la TGI y se incluya a los inmuebles que han sido usurpados, presentando la denuncia judicial, habilitando a la Dirección de Catastro Municipal a que realice la constatación y emita el certificado de exención hasta tanto se resuelva el proceso judicial.
El propulsor del proyecto que fue el bloque de concejales de Juntos por el Cambio, entiende que “hay casos que ante la situación de que los propietarios no pueden recuperar los inmuebles usurpados, dejan de pagar los tributos y se les genera una deuda ante el fisco que puede ser objeto de ejecución sobre otros bienes, provocando además el no poder obtener un Libre Deuda, lo que acarrea complicaciones al momento de la realización de innumerables trámites”.