Agrandar imagen La medida abarca a particulares, pero también a veterinarias.
La medida abarca a particulares, pero también a veterinarias.
En diálogo con Diario Río Uruguay, el titular de Veterinaria Municipal, Julio Gesualdi, explicó que “lo que se sancionó este jueves en el Concejo Deliberante es un proyecto de ordenanza donde se prohíbe -en el égido de Concordia- la cría de perros y gatos con un fin lucrativo de comercialización”.

Al respecto, comentó que “esto nace de una necesidad, porque nosotros en Veterinaria Muncipal, recibimos muchas denuncias sobre cría clandestina, sobre venta clandestina de perros y gatos, con maltrato animal por hacinamiento, enjaulados, en una situación muy contraria al bienestar animal”.

Frente a esto, mencionó que “empezamos a trabajar junto con el concejal Felipe Sastre, para ver cómo le podíamos dar un marco legal o una normativa y surgió esta ordenanza, que en realidad trabaja directamente con el bienestar animal y con el maltrato animal”.

De esta manera, apuntó que la nueva norma “nos permite a Veterinaria Municipal, que va a ser el organismo o el área municipal que va a ponerla en funcionamiento, trabajar con muchísima mayor agilidad con respecto a las denuncias”.

Además, destacó que “esta ordenanza también marca un precedente, porque no hay ningún municipio en Entre Ríos que tenga este tipo de normativa”.
Alcances de la ordenanza
En un principio, Gesualdi comentó que la ordenanza “está pensada para todos aquellos criaderos clandestinos, barriales, donde hay una problemática que trabaja muchísimo con el maltrato”, pero “también alcanza a veterinarias y a petshops, donde no se cría, pero sí se comercializa animales”.

Dicho esto, confirmó que “dentro del égido de Concordia se prohíbe la comercialización de animales y la cría de animales con un fin lucrativo”.
Multas
Consultado sobre el tipo de multas que podrían aplicarse en caso de incumplir con esta normativa, Gesualdi apuntó que “el protocolo ante estos casos será presentarnos en el lugar, comunicarle que eso está prohibido y vamos a labrar un acta, porque obviamente es una contravención o una ordenanza, entonces van a tener que pagar una multa”.

El valor de la multa, según sus palabras, será de “unos 30 a 50 juristas y, obviamente, la van a tener que abonar en el Juzgado de Faltas”. Además, anticipó que “ante una reincidencia de esta infracción, la siguiente multa va a ser con un 50% de aumento y, pese a eso, también se harán inspecciones con respecto a si esa cría corresponde a un maltrato animal, que ya cuenta con una penalización respecto a una ley nacional, que es la 14.346, que trabajaremos con Fiscalía también”.
Animales de compañía
Consultado sobre los animales que considerará la normativa, Gesualdi repasó que “cuando estábamos con el borrador de esta ordenanza, nos hemos reunido con ONGs, proteccionistas y demás para ver qué les parecía y nos plantearon si podíamos utilizar la terminología ‘animales de compañía’, ya que ‘mascota’ es como una terminología que incluso está como subestimando al animal”.

En base a esto, remarcó que “el enfoque principal es el perro y el gato”, pero también se consideran animales como “el hámster, los cobayos y todos los animales que habitualmente se adoptaban como mascotas”.