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El Decreto municipal adhiere, en todos sus términos, al Decreto N° 832/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, que autoriza en todo el ámbito de la provincia las actividades tales como las culturales al aire libre, aquellas a desarrollarse en estudios de grabación y salas de ensayos musicales, las formativas, talleres y ensayos de distintas disciplinas artísticas, museos, archivos y galerías de exposición y/o venta de artes, y bibliotecas.

El cumplimiento de las mismas, deberá realizarse en consonancia con los protocolos de actuación que forman parte del Decreto N° 832 del Poder Ejecutivo Provincial.

Por otra parte, el Decreto N°469/2020, también, señala que los días y horarios habilitados para el desarrollo de estas actividades culturales son los siguientes: lunes a viernes, de 8 a 21 horas y la capacidad de alumnos por clase no deberá superar las 10 personas, siempre y cuando puedan mantener el distanciamiento que indica el protocolo de actuación correspondiente.

En este sentido, hay que mencionar, también, que los responsables de estas actividades culturales deberán presentar la Declaración de Compromiso Comercial en el municipio, antes de comenzar a ejercer las actividades

Protocolo de bioseguridad

Algunas de las medidas a tener en cuenta, comunes a todas las actividades culturales, son verificar que personas encuadradas como de riesgo para el Covid-19 no participen; asegurar la disponibilidad de jabón líquido y de alcohol en gel; extremar las medidas de higiene del personal; colocar cartelería específica y visible sobre Covid-19; no permitir el ingreso de personas con síntomas; utilizar tapabocas-nariz y mentón y, durante las clases, se sugiere el uso de protectores transparentes; no compartir mate ni objetos de uso personal; respetar el distanciamiento social; y no saludarse con un beso o un abrazo; entre otras cuestiones.

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