
También, la medida rige para toda persona que ingrese a dichos espacios, quedando prohibido el ingreso de aquella persona que no lo posea, o a quien no le sea provisto dicho elemento preventivo por el comerciante y/o responsable de la actividad o prestación.
El incumplimiento dará lugar a la aplicación al titular comercial o particular en función de la gravedad del caso.
Plazos
Según se informó, el decreto permanecerá en vigencia hasta tanto los organismos sanitarios oficiales nacionales y/o provinciales determinen que no existe riesgo de COVID-19 o se disponga la cesación del estado de emergencia sanitaria dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional.En los fundamentos de la normativa municipal se menciona “la necesidad de medidas y establecer acciones de prevención adecuadas a fines de reducir los riesgos de propagación del COVID-19 entre los miembros de nuestra comunidad”.