
En este caso, en el domicilio donde el personal policial de la Comisaría Cuarta ingresó “se encontraba esta señora con sus hijas y, según lo que me informó el médico forense, la mujer sufrió una descompensación y la causa de muerte fue un paro cardiorespiratorio no traumático”. De todas formas, la fiscal aclaró que “hay que determinar muchas cuestiones aún”, porque “si bien tenían una orden de allanamiento con todos los requisitos procesales, también hay que determinar por qué el personal policial ingresó a ese domicilio”, dado que “tenían varias órdenes de allanamiento, mínimo dos”.
Entre otras cosas, la Dra. Rivoira explicó que “los allanamientos son mandamientos judiciales, son ordenes del juez para ingresar a un domicilio”, pero destacó que “no todos los domicilios tienen números catastrales y, muchas veces, las órdenes” se dictan según “el frente de la casa, por ejemplo si tiene un portón, un árbol, un cartel, porque no todas tienen número y, en algunos casos, intencionalmente están cambiados, aunque este no es el caso”, aclaró.
Debido a esto, remarcó que “hay que determinar por qué el personal policial ingresa a ese domicilio, hay que investigarlo bien", subrayando que más allá de la pérdida irreparable, "a la familia (de la víctima) hay que darle una respuesta".
Para ello, será determinante "ver si el personal actuó de manera diligente” porque para la Ley, "allanar una casa sin una orden es un delito". Seguidamente la fiscal Rivoira insistió que "hay que investigar" y que para eso "son fundamentales todas las actuaciones que se hicieron, la intervención de Criminalística, la autopsia y la intervención de los testigos civiles”, que en este caso “están individualizados y suscribieron las actas y serán convocados por la fiscalía”, concluyó.