En este marco, en la norma legal provincial emitida el 12 de este mes, que adhiere al decreto nacional Nº 161 en lo que refiere a normas sanitarias, se instruye al Ministerio de Salud de la provincia a “disponer las medidas necesarias y/o de reorganización del personal que la situación de emergencia amerite para garantizar eficientemente el funcionamiento de los servicios de salud y a resolver la contratación de personal temporario, en el marco de la emergencia declarada, exceptuándolos en su caso del régimen de incompatibilidad aplicables a la actividad”.
Asimismo, se establece que, para atender las necesidades de equipamiento o insumos para afrontar la emergencia sanitaria, todos los procedimientos de contratación de bienes y servicios propiciados y llevados a cabo en el marco de la presente emergencia por el Ministerio de Salud se deberán tramitar con especial y prioritario despacho, debiendo referenciarse con la frase Trámite preferencial, atención para coronavirus (Covid-19).
Por otro lado, se faculta a los titulares de los Ministerios, Secretarías de Estado y de organismos descentralizados a dictar normas similares, complementarias y aclaratorias del presente, tendientes a la implementación de medidas que coadyuven en el esfuerzo para neutralizar la propagación de la enfermedad.
Finalmente, se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los municipios de la provincia a adherir al decreto o adoptar medidas de idéntico tenor.