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El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia condenó a dos empleados del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) por una adopción irregular que llevaron adelante sin que las autoridades del organismo ni menos el Poder Judicial pudieran alertar a tiempo de las falsificaciones de documentos que hubo en el proceso y de las groseras falencias que derivaron en que una madre perdiera la custodia de su hijo, que fue entregado a una familia amiga de los condenados.

El juez de juicio de Concordia condenó a David Emanuel Retamar y a Lorena Brugo por los delitos de “abuso de autoridad y falsedad ideológica de instrumentos públicos en concurso ideal”. El magistrado consideró probado que Retamar y Bruno le quitaron a una mujer su bebé de 6 meses, de manera engañosa y fraudulenta, fabricando actas y falsificando firmas.

Retamar fue declarado autor penal y materialmente responsable por los delitos de abuso de autoridad y falsedad ideológica de instrumentos públicos en concurso ideal y condenado a la pena de 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional y de 5 años de inhabilitación especial para ocupar cargos públicos, consignó Entre Ríos Ahora.

Lorena Brugo, licenciada en Trabajo Social, fue condenada por los delitos de abuso de autoridad y falsedad ideológica de instrumentos públicos en concurso ideal y recibió la pena de 3 años de prisión condicional y 6 años de inhabilitación especial.

En la imputación, el fiscal José Arias resumió el principal hecho como la entrega “en forma directa e ilegal” de un “bebé indocumentado” y apuntó que los dos empleados del Copnaf , “con el fin de dar apariencia de legalidad a sus actos, insertaron declaraciones falsas en el ‘Acta de Entrevista y Toma de Medida Excepcional’ así como también en nota remitida a la Defensora Pública Nº5 Dra. Lorena Pignataro contestando un pedido de informe, todo ello con el propósito de tornar incierta la identidad del menor».

Según el relato de los hechos que publicó el periodista Osvaldo Bodean en El Entre Ríos, la historia comienza en junio de 2015 cuando una madre, atravesada por carencias de toda clase, concurre a pedir ayuda a las oficinas de Desarrollo Social de una municipalidad de una localidad del interior del departamento Concordia, área que le presta un lugar para que funcione allí una delegación del Copnaf. Fue por comida y pañales, con su bebé de 6 meses en brazo, y la recibieron Lorena Brugo y David Emanuel Retamar.

Los empleados decidieron institucionalizar al bebé de forma transitoria hasta que la madre consiguiera trabajo y una casa. La chica madre accedió a ese acuerdo y se firmó un acta. Su hijo quedó al cuidado del Estado. Pero a los pocos días, cuando regresó para recuperar a su bebé le dijeron que ya había sido entregado. Labraron un acta de adopción trucha y entregaron al niño a una familia de un empleado municipal. Los peritajes demostraron que insertaron una firma falsificada de quien en ese entonces era titular del Copnaf Concordia, Fernando Rougier.

Un año después de esta entrega irregular, en junio de 2016, la defensora pública Lorena Pignataro se entera de que hay un chico “indocumentado”. Por esta razón, citó a la madre biológica y allí tuvo lugar otro capítulo de la farsa. La mujer asistió a la defensoría acompañada por uno de los funcionarios del Copnaf que le habían sacado el bebé y relató que seguía en contacto con él y que el abuelo también lo continuaba viendo. Es decir, le hicieron creer a la Defensora que el pequeño seguía estando, de alguna manera, en la órbita de su familia biológica.

Otro capítulo de esta trama repleta de irregularidades ocurrió en octubre de 2016, cuando se presentó en las oficinas del Copaf la madre de quien hoy tiene la guarda del menor a partir de aquel trámite irregular que llevaron adelante los dos empleados. La mujer quiso saber qué pasaba con el trámite de “adopción”.

Los empleados que la atendieron buscaron por todos lados los papeles del chico y no encontraron ni siquiera uno. Tal situación puso en blanco sobre negro que el ocultamiento de la entrega del pequeño no sólo había sido a la Justicia sino también al mismo organismo al que pertenecen los dos funcionarios autores de la maniobra.

Así empieza a desentrañarse el revés de la trama. El Copnaf Concordia pidió a Retamar y Bruno la documentación faltante y ahí es cuando ambos elevan el acta falsa de medida excepcional y arman el relato de que ellos habían dado aviso a sus superiores. En ese escenario, más de un año después de que el bebé había sido alejado de su madre, el organismo comunicó formalmente al juez de Familia Raúl Tomaselli lo que estaba ocurriendo. Sobreviene de allí en más otro capítulo muy complejo de esta historia.

La Justicia de Familia recién comenzó a intervenir cuando el niño ya tenía 2 años de edad y llevaba un año y medio viviendo en el hogar que Bruno y Retamar le habían asignado. O sea, se encontró con una situación de hecho que condicionó seriamente cualquier decisión futura. Lo legal es que el juez de Familia actúe mucho antes porque debe refrendar el trámite de adopción.

Tomaselli siguió la recomendación de la Defensoría: el niño llevaba un año y medio viviendo con sus guardadores y no era aconsejable separarlos y devolvérselo a su madre biológica. «En base a lo expuesto y comunicado por el organismo proteccional en sus diversos informes (Copnaf), sin desconocer las irregularidades denunciadas y que en su oportunidad dieron origen a las investigaciones penales y administrativas de operadores del Copnaf, hoy no queda otra alternativa que evaluar la pertinencia del otorgamiento de la guarda judicial (art. 657 CCCN) a favor del matrimonio con el cual el niño reside desde hace aproximadamente más de 3 años y medio y se encuentra integrado. (…) En el caso de resultar procedente dicha medida, frente a la actual restricción o limitación impuesta por la norma referenciada, que impide a terceros no parientes constituirse en guardadores del menor, corresponderá declarar su inconstitucionalidad dado que la misma dejaría al niño, en este caso especial y concreto, en total situación de desamparo y atentaría contra los principios de interés superior del niño y protección integral de la familia contemplados en los tratados internacionales de rango constitucional”.

No es el primer escándalo de adopción irregular que llega a los Tribunales. Argentina ya fue condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por un proceso de adopción irregular ocurrido en Entre Ríos en 2000, causa en la que batalló durante años Leonardo Fornerón.

Ahora, enterados de lo que ocurrió con dos empleados del Copnaf que resultaron condenados, la Agrupación Violeta y Verde de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) emitió un comunicado. «Parece que la historia nunca deja repetirse. En este caso nos hemos visto fuertemente interpeladas, a partir de la situación que se conoció esta semana, donde dos compañerxs de trabajo son condenados por apartar ilegalmente de su madre a un bebe de 6 meses», planteó la entidad sindical.

Dejaron una pregunta flotando en el aire: «¿Cómo y desde qué lugar nuestros compañerxs tuvieron la ´libertad´ para actuar en consecuencia? ¿Ningún funcionario o directivo vio ni supo de esta situación? En el juicio todos negaron saber».

Una pregunta de la Violeta y Verde resume el caso: «¿Cómo es posible que nadie haya sabido nada?».
Fuente: Análisis Digital

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