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"El tribunal entendió que la donación es para no estigmatizarlas", dijo Jacobi.
CRÉDITO: Foto de archivo.
Como se informara oportunamente, el fallo dado a conocer este miércoles por el nuevo tribunal de juicio, integrado en este caso por Mariano Caprarulo, María del Luján Giorgio y Eduardo Degano, estableció que el “monto de las penas de prisión en la modalidad condicional y reglas de conducta en orden a la anulación efectuada de la tercera cuestión por el Tribunal de Casación de la ciudad de Paraná”.
De penas, coronavirus y barbijos
Para la causa en cuestión, el tribunal resolvió imponer a María Silvana Lauria “la pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional”, como “coautora material y penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en concurso real”, además de ser “autora” del delito de “estafa.

Mientras que a sus hermanas María Marcela Lauría y Yamina María Lauria se las condenó a “dos años y dos meses de prisión de ejecución condicional”, al ser señaladas como “coautoras material y penalmente responsables del delito de administración fraudulenta”.

Como aspecto llamativo de la codena, las tres hermanas Lauría tendrán lo que resta del año 2020 y todo el año 2021, para donar “al Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, un total de 150 barbijos o tapabocas, 50 cada una de las condenadas, para colaborar con la pandemia Covid”.
Estigmatización
En declaraciones radiales, uno de los abogados defensores, Alejandro Jacobi , comentó que – al tener una pena condicional - el tribunal entendió que para no estigmatizar a las condenadas con medidas de trabajo comunitario, en cambio, resolvió que donen los barbijos”.

“Ya el castigo es la pena, para qué estigmatizarlas más con medidas de trabajo comunitario, entonces se le dio esa pena para que puedan colaborar con la sociedad”, remató Jacobi. Subrayando que con el fallo de este miércoles, “ya se cerraron todas las etapas y sólo queda que den cumplimiento”.

Por último – y consultado si sobre las condenadas pesa una inhabilitación para ejercer – Jacobi afirmó que “obviamente sí, les pesa una inhabilitación profesional”.
Fuente: Nada que Perder - LT 15

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