
En contacto con Diario Río Uruguay, el funcionario explicó que “eso significa que – por ejemplo – el servicio de internet ahora ya no tiene un precio sino una tarifa; la diferencia es que el precio es libre, se fija por oferta y demanda mientras que las tarifas están sujetas al ente regulador correspondiente”.
“En este caso, la autoridad de aplicación del decreto es el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM)”, agregó. Subrayando que la normativa estableció que no se podían incrementar las tarifas “hasta el 31 de diciembre”.
Aumentos
Según Lapiduz, “las empresas que pretendan un incremento van a tener que hacer la presentación ante la autoridad de aplicación, justificando sus costos y el gobierno autorizará o no el aumento”.Ante los avisos de la empresa responsable de Megacable y de la televisión por cable a sus clientes, de inminentes aumentos, el funcionario adelantó que “en el caso que recibamos quejas o consultas acá en Concordia nos manejaremos con la autoridad de aplicación”.